Sentencia N° 823 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de mayo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 823, Exp. 05-2105, 05/05/2006
Expediente05-2105
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la revisión de la decisión que decretó la libertad plena de Renny Marcelino López González, tras la desaplicación de ciertos artículos del Código Penal. Se destaca la importancia de garantizar la tutela de los derechos constitucionales de las partes involucradas. La Sala ordenó al juzgado remitente que enviara copia certificada del fallo original para verificar su firmeza y las consideraciones que llevaron a dicha decisión.
Extracto de la motiva
Se advierte que en el presente caso, en virtud del auto N° 4.905 del 15 de diciembre de 2005, esta Sala ordenó al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remitir copia certificada de las notificaciones efectuadas a las partes respecto del pronunciamiento sometido a la presente revisión; asimismo, le requirió información sobre si contra dicho fallo había sido interpuesto recurso de apelación. Ello así, se observa que dicho Juzgado remitió Oficio en el que manifestó que “(…) no fue interpuesto recurso alguno contra el referido pronunciamiento”, al cual acompañó copias certificadas de las notificaciones practicadas al representante de la Fiscalía del Ministerio Público y al defensor público del ciudadano Renny Marcelino López González; sin embargo, no acompañó copia certificada del fallo dictado el 22 de agosto de 2003, que desaplicó por control difuso de la constitucionalidad, los artículos 13.3 y 22 del Código Penal -antes de su actual reforma-, y cuya revisión fue planteada. En tal sentido, esta Sala considera necesario, en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales de las partes involucradas, oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que remita copia certificada del fallo sometido a revisión, pues además de ser necesaria la verificación del carácter definitivamente firme de la sentencia de control de la constitucionalidad, resulta esencial conocer las consideraciones en las que se basó el Juzgador para dictar dicha decisión.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.