Sentencia N° 823 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de abril de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 823, Exp. 00-1225, 24/04/2002
Expediente00-1225
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-04-24
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró incompetente para conocer del recurso de nulidad interpuesto por los abogados LUIS BETANCOURT OTEYZA, LUIS ROJAS BECERRA y CARMEN CECILIA ROJAS ZAMBRANO, contra el Decreto N° 3 dictado por el Presidente de la República. La Sala argumentó que el conocimiento de la nulidad de actos administrativos generales corresponde a la Sala Político-Administrativa, según lo establecido en la Constitución y la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Constitucional determinar previamente su competencia respecto a la apelación planteada y, al respecto, se observa: Con la vigencia de la Constitución de 1999, la cual dispone la creación de esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se reasignaron las causas que cursaban ante la entonces Corte Suprema de Justicia en Pleno, para que las mismas fuesen decididas de conformidad con los criterios de competencia establecidos en los artículos 334 y 336 de la vigente Carta Magna. En tal sentido, la Constitución vigente delimita claramente el alcance de las competencias asignadas a esta Sala Constitucional, en atención al objeto de impugnación, es decir, al rango de los actos que son objeto de control y no a los motivos por los cuales se impugnan.

Dispositiva

PRIMERO: Que es INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los ciudadanos LUIS BETANCOURT OTEYZA, LUIS ROJAS BECERRA y CARMEN CECILIA ROJAS ZAMBRANO, contra la norma contenida en el artículo 3° del Decreto N° 3, dictado por el Presidente de la República, en Consejo de Ministros el 2 de febrero de 1999, y publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.634 del 2 de febrero de 1999. SEGUNDO: DECLINA el conocimiento de la presente causa en la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidaddecretocompetenciasala constitucionaljurisdicciónactos administrativos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca