Sentencia N° 820 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de julio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 820, Exp. 13-0914, 16/07/2014
Expediente13-0914
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-07-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil COMMODITIES AND MINERALS ENTERPRISE, LTD, contra la omisión de apertura de un procedimiento administrativo por parte del Ministro de Industrias. La Sala declaró con lugar la acción, ordenando que la revisión de la legalidad de los contratos se realice a través del proceso contencioso administrativo. Además, se impuso una multa a la parte actora por el abandono del trámite de la acción de amparo, considerando que la inactividad procesal afectaba el orden público.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la acción de amparo constitucional fue incoada contra la omisión de apertura del procedimiento administrativo de revisión y auditoría legal y financiera de la relación contractual establecida entre FERROMINERA y CME. Se destaca que la inactividad procesal de la parte actora durante más de seis meses constituye un abandono del trámite, lo que lleva a la Sala a declarar terminado el procedimiento. Se enfatiza la importancia de la apertura de un procedimiento administrativo para garantizar el derecho de defensa de CME antes de emitir un pronunciamiento sobre la legalidad de los contratos.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo constitucional interpuesta, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el abogado Hermánn Escarrá Malavé, apoderado judicial de la sociedad mercantil extranjera COMMODITIES AND MINERALS ENTERPRISE, LTD, (CME), domiciliada en las Islas Vírgenes Británicas, contra la omisión de apertura del procedimiento administrativo de revisión y auditoría legal y financiera de la relación contractual establecida entre FERROMINERA y CME. Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de cinco bolívares (Bs. 5,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas bancarias receptoras de fondos nacionales.

Palabras clave

derecho a la igualdadderecho de propiedaddenuncialibertad de industriaderecho al honorcontratosarbitrariedadLey de minas

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