Sentencia N° 82 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0082, Exp. 25-0141, 19/02/2026
Expediente25-0141
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-02-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 1.002, declarando inadmisible la acción interpuesta por el abogado Antonio García Polanco en representación de Julián Antonio Dass Wilfred. La decisión se basa en que el abogado no subsanó en el tiempo requerido la demanda presentada, lo que llevó a la Sala a considerar que la acción era extemporánea y, por ende, inadmisible. La sentencia se fundamenta en el artículo 134 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece la obligación de corregir demandas ininteligibles.
Extracto de la motiva
motivación de ambas audiencias presentación y preliminar, aludiendo que la fiscalía cumplió todos los extremos exigidos por la ley en e escrito acusatorio…”. Que “(...) olvidándola Juez Yoetsy Montaño, que debe dar un pronunciamiento fundamentado sobre las nulidades de las Actas Policiales (Sic) según mandato del artículo 179 del COPP, el cual establece el deber y la obligación de pronunciarse de oficio, bien IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 8 sea para negar o declarar la nulidad de las actas policiales, atendiendo que es un asunto de orden público, y en el caso de la corte que (Sic) plazos y lapsos son también de orden
Dispositiva
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción interpuesta por el abogado Antonio García Polanco, representante judicial del ciudadano JULIÁN ANTONIO DASS WILFRED, identificados supra.
Palabras clave
nulidadesactas policialesderecho a la defensalibertadviolencia de géneroamparo constitucionalproceso penal