Sentencia N° 82 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de abril de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0082, Exp. 16-0989, 09/04/2021
Expediente16-0989
PonenteRENÉ ALBERTO DEGRAVES ALMARZA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-04-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión interpuesta por la sociedad mercantil Clouds de Venezuela, C.A. contra la sentencia N.° 509 del 11 de agosto de 2015, que declaró sin lugar el recurso de casación presentado por Banesco Banco Universal, C.A. La decisión de la Sala de Casación Civil fue anulada por la Sala Constitucional, que ordenó una nueva decisión debido a violaciones al debido proceso y a la tutela judicial efectiva. Finalmente, se ordenó al Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario que remitiera el expediente correspondiente a la Sala Constitucional.
Extracto de la motiva
Una vez hecha las anteriores consideraciones, esta Sala precisa lo siguiente: Resulta patente en el caso concreto, la estrecha vinculación de las denuncias de orden constitucional con las actas contenidas en el expediente del juicio originario; en tal sentido considera necesario esta Sala dictar auto para mejor proveer de conformidad con lo previsto en el único aparte del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a objeto de ordenar al Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que remita a esta Sala, dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de su notificación, el expediente referido al asunto distinguido con el N° 10285 relativo al juicio de nulidad de dación en pago intentado ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la sociedad mercantil Clouds de Venezuela, C.A. contra Banesco Banco Universal, C.A. Asimismo, se indica que de no reposar las actas requeridas en el Juzgado Superior antes mencionado éste último deberá llevar a cabo todas las gestiones conducentes a recabar las mismas donde se encuentren, luego de lo cual deberá remitirlas a esta Sala en el plazo supra señalado so pena de incurrir en la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
1.- ORDENA al Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que remita a esta Sala, dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de su notificación, el expediente referido al asunto distinguido con el N° 10285 relativo al juicio de nulidad de dación en pago intentado ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la sociedad mercantil Clouds de Venezuela, C.A. contra Banesco Banco Universal, C.A. 2. SE INSTRUYE a la Secretaría de esta Sala para que notifique del contenido de la presente decisión vía telefónica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal.
Palabras clave
nulidaddación en pagoviolenciaderechojusticiaconstitucionalactasprocedimiento