Sentencia N° 82 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de febrero de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 82, Exp. 10-0778, 24/02/2011
Expediente10-0778
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-02-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Roco Camacho contra una sentencia del Juzgado Superior que declaró sin lugar su demanda de cumplimiento de un contrato verbal de comodato. La Sala determinó que la acción de amparo fue abandonada debido a la inactividad del demandante, quien no mostró interés en continuar el proceso durante más de seis meses. Como resultado, se declaró terminado el procedimiento y se impuso una multa al actor por el abandono del trámite.

Extracto de la motiva

La parte actora presentó escrito de acción de amparo constitucional contra la sentencia del 24 de mayo de 2010 dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que declaró sin lugar la demanda que por cumplimiento de contrato verbal incoare el ciudadano Roco Camacho contra el ciudadano José Rafael Martínez Camargo, en consecuencia, revocó el fallo dictado por el Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico y declaró con lugar la apelación ejercida, condenando en costas a la parte demandante. Ahora bien, la presente acción de amparo constitucional fue interpuesta ante esta Sala el 15 de julio de 2010, no siendo sino hasta el 18 de febrero de 2011, cuando el apoderado judicial del quejoso, presentó escrito solicitando el decreto de una medida cautelar innominada, consistente en la suspensión de un procedimiento de estimación e intimación de honorarios incoado contra su representado, por haber sido condenado en costas en el juicio primigenio. De lo anterior se colige que, en el presente caso transcurrieron más de seis (6) meses entre la presentación del escrito de amparo constitucional y la solicitud de la medida cautelar, pues ni el quejoso ni los apoderados judiciales de éste, manifestaron con antelación, su interés en la continuación del mismo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE COMODATO O PRESTAMO DE USO VERBAL interpuesta por la parte actora Ciudadano ROCO CAMACHO.

Palabras clave

tutela judicialomisiónderecho de propiedadpruebaconstitucionalprocesoimparcialidadtransparencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca