Sentencia N° 815 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de octubre de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 815, Exp. 17-0504, 27/10/2017
Expediente17-0504
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-10-27
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión interpuesta por Gil Carlos Pepino contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, que declaró con lugar la acción de desalojo presentada por Giovanna Durante De Mangieri. El demandante alegó violaciones a normas de orden público y derechos constitucionales, así como incongruencias en la sentencia. Sin embargo, la Sala determinó que no se configuraron los supuestos para la revisión, ya que la sentencia recurrida había valorado adecuadamente las pruebas y argumentos presentados.

Extracto de la motiva

La revisión que se pretende no contribuiría con la uniformidad jurisprudencial, además de que la decisión objeto de la misma no se subsume en ninguno de los supuestos de procedencia de revisión constitucional, los cuales se encuentran claramente delimitados, buscando por el contrario una tercera instancia, esta Sala ejerciendo con máxima prudencia esta trascendental potestad revisora, debe declarar no ha lugar la revisión que fue pretendida. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el ciudadano GIL CARLOS PEPINO, titular de la cédula de identidad N.° 10.813.570, de la sentencia dictada el 17 de abril de 2017, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.

Palabras clave

incongruenciacontratoarrendamientoderechosprocedimientojurisprudencia

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