Sentencia N° 812 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de junio de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 812, Exp. 09-0879, 18/06/2012
Expediente09-0879
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-06-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo que declaró desistida la apelación interpuesta por la Asociación Civil Caja de Ahorros y Bienestar Social de la Guardia Nacional. La revisión fue solicitada por la ciudadana Virna Cuberos Duque, quien argumentó que su apelación no fue considerada, lo que vulneró su derecho a la defensa y al debido proceso. La Sala encontró que hubo una omisión en el pronunciamiento sobre la apelación de la demandante, lo que constituyó una violación a sus derechos.

Extracto de la motiva

La Sala considera que aquellos casos en que el tribunal deje de efectuar pronunciamiento sobre una pretensión, y quede, por tanto, la cuestión planteada sin juzgar, se produce una situación de indefensión que vulnera el derecho de las partes a exponer los alegatos que estimen pertinentes para sostener la situación más conveniente a sus intereses. Sostiene esta Sala que presentar alegatos y esgrimir defensas en juicio tiene como finalidad el obtener por parte del órgano jurisdiccional que debe dirimir la controversia, una decisión justa y razonable. En este sentido, la omisión de pronunciamiento sobre lo alegado por una de ellas constituye una actuación indebida del órgano jurisdiccional, vulneradora del derecho a la defensa y la garantía del debido proceso de la parte cuyos alegatos fueron omitidos en el pronunciamiento del tribunal, lo que afectó el derecho a la tutela judicial efectiva.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1.- HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por los abogados Jesús María Cuberos Pérez y Juan Vicente Ardila, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana VIRNA CUBEROS DUQUE, de la decisión dictada el 17 de abril de 2008, por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- REPONE la causa al estado de que el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, se pronuncie sólo respecto a la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por la representación de la ciudadana Virna Cuberos Duque, contra la decisión dictada por dicho tribunal el 25 de febrero de 2008. 3.- Declara la FIRMEZA de la decisión dictada el 17 de abril de 2008, por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, respecto al recurso de apelación interpuesto por la representación de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Bienestar Social de la Guardia Nacional (CABISOGUARNAC).

Palabras clave

revisión de sentenciasderechos constitucionalesdebido procesocosa juzgadaapelacióntrabajojurisdicciónjusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca