Sentencia N° 810 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de junio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 810, Exp. 10-0580, 18/06/2012
Expediente10-0580
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-06-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la apelación interpuesta contra la decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La acción fue presentada por TRANSPORTE HENKEL PUERTO ORDAZ, C.A. en virtud de la negativa de perención de instancia en un juicio de resarcimiento de daños. La Sala argumentó que existía un medio ordinario de impugnación a través del recurso de apelación, lo que hacía inadmisible la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La Sala estima que la parte accionante disponía de la vía idónea para contener la pretensión de amparo mediante el uso del recurso de apelación que establece el artículo 878 del Código de Procedimiento Civil. Se concluye que la acción de amparo es inadmisible cuando el agraviado haya optado por recurrir a vías ordinarias o hecho uso de los medios judiciales preexistentes.
Dispositiva
1) SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 1 de junio de 2010, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. 2) CONFIRMA la decisión del a quo que declaró inadmisible el amparo interpuesto por el abogado Ángel Rolando Hurtado R., en representación de TRANSPORTE HENKEL PUERTO ORDAZ, C.A.