Sentencia N° 81 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de marzo de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 81, Exp. 13-0698, 02/03/2016
Expediente13-0698
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-02
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión presentada por Rómulo Andrés Sánchez Raga, quien impugnó la decisión de la Sala de Casación Civil que declaró sin lugar su recurso de casación. La Sala consideró que la revisión solicitada no contribuiría a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, y que la decisión impugnada no vulneraba derechos fundamentales. Finalmente, se declaró no ha lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

Delimitada como ha sido la competencia para conocer de la presente revisión, esta Sala pasa a decidir y para ello observa que el numeral 11 del artículo 25 de la Ley que rige las funciones de este Alto Tribunal establece como supuestos de procedencia de la revisión que se denuncie fundadamente, la violación de principios jurídicos fundamentales contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Tratados, Pactos o Convenios Internacionales suscritos y ratificados válidamente por la República, o que la sentencia haya sido dictada como consecuencia de un error inexcusable, dolo, cohecho o prevaricación. Observa la Sala, que la revisión solicitada se encuadró en el supuesto de procedencia relativo a la violación de principios fundamentales contenidos en la Constitución presuntamente cometidos en la sentencia objeto de revisión. Así, se pretende la revisión de la decisión judicial dictada el 14 de mayo de 2013 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró sin lugar el recurso de casación, anunciado y formalizado por la parte demandada en el juicio originario, contra la sentencia dictada el 17 de septiembre de 2012, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el ciudadano RÓMULO ANDRÉS SÁNCHEZ RAGA, debidamente asistido por el abogado Peter Sánchez Sinisgalli, contra la sentencia N° 000231/2013, dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia el 14 de mayo de 2013. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

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