Sentencia N° 807 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de julio de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 807, Exp. 13-1157, 08/07/2014
Expediente13-1157
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-07-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 1053 de la Sala Político Administrativa, que había declarado sin lugar el recurso de apelación de Igor Flasz Goldberg contra una medida cautelar de embargo ejecutivo. La Sala Constitucional determinó que la Sala Político Administrativa había vulnerado el derecho a la defensa y al debido proceso al no valorar pruebas fundamentales que demostraban la falta de responsabilidad solidaria de Goldberg en las obligaciones tributarias de la sociedad Promociones 21212, C.A. En consecuencia, se declaró la nulidad de la sentencia impugnada y se ordenó la reposición del caso para que se dicte una nueva decisión considerando los criterios jurisprudenciales establecidos.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al revisar el caso, observó que la Sala Político Administrativa no valoró adecuadamente las pruebas presentadas, lo que constituyó una violación al derecho a la defensa. Se destacó que la falta de valoración de las pruebas que demostraban la falta de cualidad de Igor Flasz Goldberg como responsable solidario de las obligaciones tributarias era determinante para la decisión. La Sala Constitucional enfatizó la importancia de garantizar el derecho a la prueba y a la defensa en el proceso judicial, y concluyó que la omisión de la Sala Político Administrativa causó una lesión a los derechos constitucionales del solicitante.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Roselyn Ferrer Chávez, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano IGOR FLASZ GOLDBERG, de la sentencia N° 1053 dictada el 26 de septiembre de 2013 por la Sala de Político Administrativa de este Máximo Tribunal, la cual declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del hoy solicitante contra la sentencia interlocutoria dictada el 30 de marzo de 2012 por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la oposición formulada a la medida cautelar de embargo ejecutivo decretada en su contra el 15 de diciembre de 2011, en su condición de responsable solidario de obligaciones tributarias. 2) Se declara la NULIDAD de la sentencia N° 1053 dictada el 26 de septiembre de 2013 por la Sala de Político Administrativa de este Máximo Tribunal. 3) ORDENA la reposición de la causa al estado de que se constituya una Sala Accidental de la Sala Político Administrativa. 4) ACUERDA la medida cautelar solicitada consistente en la suspensión del decreto de embargo dictado por el Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario. 5) ORDENA notificar de la presente decisión al Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario.
Palabras clave
responsabilidad tributariaderecho a la defensadebido procesorevisión constitucional