Sentencia N° 807 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de mayo de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 807, Exp. 03-2343, 05/05/2004
Expediente03-2343
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Ramón Rivas Rojas, en su carácter de Gerente Regional de Tributos Internos del SENIAT, contra una sentencia que declaró terminado un juicio de ejecución de créditos fiscales. La Sala determinó que el accionante carecía de legitimidad para actuar en defensa de los derechos e intereses patrimoniales de la República, ya que no actuó en nombre de esta ni contaba con la debida autorización del Procurador General de la República. Por lo tanto, se declaró inadmisible la acción de amparo solicitada.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo constitucional fue interpuesta por el ciudadano Juan Ramón Rivas Rojas, actuando en su carácter de Gerente Regional de Tributos Internos Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), asistido por los abogados Ana Isabel Ochoa, Gladys Cárdenas, Pedro Montilva, Lilian Centeno, Adrián Bautista y Morella Rivas; contra la sentencia dictada el 7 de julio de 2003, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, mediante la cual se declaró terminado el juicio de ejecución de créditos fiscales referido a la demanda interpuesta por la representación de la República Bolivariana de Venezuela contra Consorcio Integral Andino 92, C.A., por haberse extinguido la obligación exigida por la parte actora. Ahora bien, el hecho denunciado como lesivo por el accionante está referido a la supuesta subversión del orden procesal establecido en el Código Orgánico Tributario, así como, por los errores de juzgamiento imputados al presunto agraviante. Además, por haberse levantado, “con una celeridad inusual”, las medidas preventivas y ejecutivas acordadas en el mencionado juicio, que, a decir del accionante, colocó a la República en estado de indefensión en virtud de haber limitado el tiempo y los recursos adecuados para que el SENIAT ejerciera los medios de defensa pertinentes.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley REVOCA la sentencia dictada el 25 de agosto de 2003, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Protección del Niño y del Adolescente y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional propuesta por el por el ciudadano Juan Ramón Rivas Rojas, actuando en su carácter de Gerente Regional de Tributos Internos Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), contra la sentencia dictada el 7 de julio de 2003, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial que declaró terminado el juicio de ejecución de créditos fiscales interpuesta por la representación de la República contra Consorcio Integral Andino 92, C.A. y acordó el levantamiento de las medidas preventivas y ejecutivas decretadas contra la demandada.
Palabras clave
amparo constitucionalSENIATejecución de créditos fiscaleslegitimidad activadebido procesointervención de tercerosmedidas cautelares