Sentencia N° 806 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de junio de 2026

TSJ/SC, Sent. N° 0806, Exp. 25-0529, 10/06/2026
Expediente25-0529
PonenteANABEL DEL CARMEN HERNÁNDEZ ROBLES
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2026-06-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de revisión constitucional interpuesta por Luis Alberto Parra Chacón, anulando la sentencia N° 341 de la Sala de Casación Civil, que había declarado sin lugar un recurso extraordinario de casación. La Sala consideró que la sentencia recurrida vulneró el debido proceso al no considerar el fallecimiento de un codemandado, lo que exigía la notificación a sus herederos y la reposición del proceso. Además, se determinó que la interpretación del contrato de opción a compra-venta fue errónea, afectando los derechos del solicitante y comprometiendo la justicia material.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional considera que la sentencia de la Sala de Casación Civil vulneró el debido proceso, la igualdad de las partes, la tutela judicial efectiva y la confianza legítima en el sistema de justicia. Se argumenta que el fallecimiento del codemandado Carlos Eduardo Cárdenas Varela no fue informado oportunamente, lo que generó un desequilibrio procesal. La Sala de Casación Civil, al no reponer la causa, otorgó efectos jurídicos a una persona fallecida, lo que contraviene el orden constitucional. Además, se critica la interpretación del contrato de opción a compra-venta, que alteró la secuencia de obligaciones pactadas, afectando los derechos del solicitante. La Sala Constitucional, al revisar la decisión, concluye que se debe restablecer la justicia material y la equidad en la relación contractual.

Dispositiva

1.- COMPETENTE para conocer la solicitud de revisión constitucional interpuesta por los abogados Doris Victoria Niño de Abreu y Juan Carlos Abreu Niño, apoderados judiciales del ciudadano LUIS ALBERTO PARRA CHACÓN, ya identificados, de la sentencia N° 341 dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, el 13 de junio de 2024. 2.- HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta, en consecuencia se declara la NULIDAD de la sentencia N° 341 dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, el 13 de junio de 2024, y se ORDENA la reposición de la causa originaria al estado de que dicha Sala dicte una nueva sentencia tomando en consideración el contenido de la presente decisión. 3.- INOFICIOSO emitir pronunciamiento respecto de la medida cautelar solicitada en virtud del contenido del presente fallo.

Palabras clave

revisión constitucionaldue processcontract interpretationjudicial protectionequity

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