Sentencia N° 806 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de julio de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 806, Exp. 11-0970, 08/07/2014
Expediente11-0970
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-07-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia n.° 1074, declaró conforme a derecho la desaplicación del artículo 228 del Código Civil, que limitaba a cinco años la acción de inquisición de paternidad contra los herederos. La decisión se fundamenta en la prevalencia del derecho a la identidad y a conocer la filiación, garantizados por la Constitución. Se ordenó la nulidad de la parte in fine del artículo 228, estableciendo que las acciones de inquisición son imprescriptibles frente a los padres y herederos.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional considera que el contenido de la parte in fine del artículo 228 del Código Civil presenta una contradicción, ya que establece un lapso de caducidad para la acción de inquisición de paternidad contra los herederos, lo cual colide con el derecho constitucional a la identidad. La Sala resalta que el artículo 56 de la Constitución garantiza el derecho a un nombre propio y a conocer la identidad de los progenitores sin limitaciones temporales. Por lo tanto, se declara la nulidad de la parte in fine del artículo 228, permitiendo que las acciones de inquisición sean imprescriptibles frente a los herederos.
Dispositiva
Se ANULA la parte in fine del artículo 228 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial n.° 2.990 Extraordinario del 26 de julio de 1982, leyéndose en consecuencia la norma integra de la siguiente manera: 'Artículo 228: Las acciones de inquisición de la paternidad y la maternidad son imprescriptibles frente al padre, a la madre y a los herederos de éstos'.
Palabras clave
nulidadinquisición de paternidadidentidadCódigo CivilConstitución