Sentencia N° 805 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de julio de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 805, Exp. 04-0087, 27/07/2010
Expediente04-0087
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2010-07-27
DecisiónLA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia en el recurso de nulidad interpuesto por IBO DE JESUS ANDRADE ARAQUE contra la Ordenanza de Impuesto sobre Juegos y Apuestas Lícitas del Municipio Barinas. Se determinó que la causa había estado paralizada por más de un año sin actuación procesal, lo que llevó a declarar la perención de la instancia y la extinción del proceso. Además, se revocó la medida cautelar acordada anteriormente.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto a la perención de la instancia existente en el caso de autos. A tal efecto, observa que: Mediante auto del 20 de mayo de 2008 el Juzgado de Sustanciación remitió el expediente a esta Sala Constitucional, por cuanto se evidenciaba que desde el “25 de abril de 2007” (rectius: 2 de abril de 2007), oportunidad en la que fueron recibidas las resultas de la práctica de la notificación del recurrente, por parte del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, comisionado para dar cumplimiento al nuevo procedimiento establecido por esta Sala en decisión N° 1238 del 21 de junio de 2006, respecto a la fijación, retiro, publicación y consignación del cartel de emplazamiento correspondiente y hasta la fecha en que fue dictado dicho auto no se había producido actuación procesal alguna de la parte recurrente en el que manifestare su intención de dar continuidad al presente recurso de nulidad. En efecto, se evidencia de las actas que conforman el expediente que esta Sala mediante auto dictado por el Juzgado de Sustanciación el 28 de septiembre de 2006 comisionó al Juzgado Primero del Municipio Barinas para que notificara al ciudadano Ibo de Jesús Andrade Araque del nuevo procedimiento establecido por esta Sala en sentencia N° 1238 del 21 de junio de 2006 respecto al cartel de emplazamiento, advirtiendo que vencido el lapso que tiene el Tribunal para expedir el cartel de oficio, la parte actora contaba con treinta (30) días para retirarlo, publicarlo y consignarlo (vid. folio 102 del expediente). Ahora bien, aun cuando fue imposible practicar la notificación de la parte recurrente, según consta de la Comisión N° 06-17.648 efectuada por el Alguacil del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas (folio 107 del expediente), esta Sala observa que desde el 1 de diciembre de 2005, oportunidad en el que el ciudadano Olinto de Jesús Díaz Cortez, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Ibo de Jesús Andrade Araque solicitó pronunciamiento en la presente causa, hasta la presente fecha, no existe otra actuación del recurrente que manifieste su interés en la presente causa, encontrándose la misma en total inactividad procesal por más de un año.
Dispositiva
Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO de la demanda de nulidad ejercido por el ciudadano IBO DE JESUS ANDRADE ARAQUE, en su condición de Presidente de la sociedad mercantil LOTERÍAS UNIDAS COMPAÑÍA ANÓNIMA contra la ORDENANZA DE IMPUESTO SOBRE JUEGOS Y APUESTAS LÍCITAS del Municipio Barinas, Estado Barinas, publicada en la Gaceta Municipal Nº 80, extraordinario, del 3 de noviembre de 2003. En consecuencia, REVOCA la medida cautelar acordada por esta Sala Constitucional mediante decisión N° 1328 del 13 de julio de 2004.