Sentencia N° 801 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de junio de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0801, Exp. 22-0779, 26/06/2023
Expediente22-0779
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2023-06-26
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una solicitud de avocamiento presentada por el abogado Ramón de Jesús Camero Enguaima en representación de Alvio Oliver Hurtado Hernández, en relación a varios expedientes judiciales en el estado Táchira. La solicitud se fundamenta en la presunta violación de derechos y garantías constitucionales, así como en irregularidades procesales en los juicios incoados por cumplimiento de contrato, daños y perjuicios, e interdicto restitutorio contra la ciudadana Iraima Josefina Chacón Espinoza.
La Sala, tras analizar la solicitud, determinó que no se evidencian violaciones graves al orden público constitucional que justifiquen el avocamiento, ya que el asunto se encuentra en etapa de apelación y no afecta el interés público o social. Por lo tanto, se declaró improcedente la solicitud de avocamiento, aceptando la declinatoria de competencia realizada por la Sala de Casación Civil en una sentencia anterior.
Finalmente, la Sala Constitucional reafirmó su competencia para conocer del caso, pero resolvió que la solicitud de avocamiento no cumplía con los requisitos necesarios para su admisión, por lo que se desestimó la petición presentada.
Extracto de la motiva
motivado a particulares actuaciones de los jurisdicentes, contrarias a la Constitución y a la ley, denegatorias de justicia, omitiendo IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 11 indebidamente decisiones apegadas a derecho en su lugar dictando sentencias condicionales sujetas a formalismos prohibidos por la Carta Fundamental (257); Solicitud de Avocamiento fundamentada en razones de eminente orden e interés público y social, al tratarse de un Accionante que como persona natural tiene familia entendido éste como un grupo primario, todos de la tercera edad, grupo familiar el cual no posee vivienda, según recaudos anexos, situación que a todas luces rebasa el interés privado involucrado, tocando los derechos humanos a la vivienda, a la propiedad, a la protección, a la justicia social entre muchos; mientras sigue generándose confus
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para conocer de la solicitud de avocamiento planteada por el abogado Ramón de Jesús Camero Enguaima, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALVIO OLIVER HURTADO HERNÁNDEZ, de la causa contenida en el expediente n.° 3.876 contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta contra la decisión dictada el 29 de marzo de 2022 por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el marco de los juicios incoado por Cumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios e Interdicto Restitutorio contra la ciudadana Iraima Josefina Chacón Espinoza. 2.- ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA realizada por la Sala de Casación Civil de este máximo tribunal en la sentencia dictada el 30 de septiembre de 2022, con respecto a la solicitud de avocamiento planteada por el abogado Ramón de Jesús Camero Enguaima, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALVIO OLIVER HURTADO HERNÁNDEZ, de la causa contenida en el expediente n.° 3.876 contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta contra la decisión dictada el 29 de marzo de 2022 por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el marco de los juicios incoado por Cumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios e Interdicto Restitutorio contra la ciudadana Iraima Josefina Chacón Espinoza. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de avocamiento planteada por el abogado Ramón de Jesús Camero Enguaima, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALVIO OLIVER HURTADO HERNÁNDEZ, de la causa contenida en el expediente n.° 3.876 contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta contra la decisión dictada el 29 de marzo de 2022 por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el marco de los juicios incoado por Cumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios e Interdicto Restitutorio contra la ciudadana Iraima Josefina Chacón Espinoza.