Sentencia N° 80 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de febrero de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0080, Exp. 22-0994, 07/02/2024
Expediente22-0994
PonenteTANIA D’ AMELIO CARDIET
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2024-02-07
DecisiónSe ORDENA la convocatoria a un acto de mediación

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la decisión N° 0959, ordena la convocatoria a un acto de mediación en el caso de avocamiento solicitado por Frank José Quijada Carmona contra Cervecería Polar, C.A. La causa se originó por un amparo constitucional relacionado con el incumplimiento de derechos laborales. La Sala destaca la voluntad de ambas partes para llegar a un acuerdo y promueve la mediación como un medio alternativo para resolver el conflicto.

Extracto de la motiva

Dadas las circunstancias de índole laboral involucradas en el presente asunto, así como el lógico interés de llegar a una solución satisfactoria para las partes involucradas, considera la Sala lo siguiente: En primer lugar, vale resaltar la indubitable e inequívoca voluntad de la empresa accionada de dar cumplimiento a la orden de reenganche, el pago de los salarios caídos, de las percepciones sociales y demás beneficios sociales, así como del trabajador (Frank José Quijada Carmona) en obtener una solución que le permita satisfacer su derecho al trabajo. Manifestaciones de las partes expresadas de forma reiterada en diversas oportunidades en el curso del proceso, que permitió alcanzar un acuerdo el 14 de septiembre de 2021, el cual fue homologado el 11 de noviembre de 2021, mediante la referida sentencia N° 615 de esta Sala Constitucional. En segundo lugar, esta Sala, visto el interés de las partes de solucionar este conflicto, entiende que las circunstancias que han impedido la materialización del prenombrado acuerdo, no han sido objeto de discusión por éstas en una espacio idóneo y bajo la conducción y metodología apropiada que facilite la determinación de los puntos y forma para el cumplimiento del acuerdo al que llegaron las partes el 14 de septiembre de 2021, o cualquier otro nuevo acuerdo que pueda poner fin a la diferencias entre las partes. En este escenario es oportuno traer a colación que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela prevé en su artículo 258, la posibilidad de promover la mediación y conciliación.

Dispositiva

Se ORDENA la convocatoria a un acto de mediación en la presente solicitud de avocamiento interpuesta el 8 de diciembre de 2022, por el ciudadano FRANK JOSÉ QUIJADA CARMONA.

Palabras clave

mediaciónavocamientoderechos laborales

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