Sentencia N° 797 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de agosto de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 797, Exp. 16-0449, 19/08/2016
Expediente16-0449
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-08-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso de nulidad interpuesto por un grupo de diputados contra las sesiones de la Asamblea Nacional celebradas los días 26 y 28 de abril y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016. Los demandantes argumentaron que dichas sesiones fueron convocadas sin el lapso de 48 horas requerido y que se realizaron cambios en la agenda de manera irregular, lo que contraviene la normativa vigente y afecta la estabilidad democrática del país.

Extracto de la motiva

La Sala observa que los recurrentes denunciaron que la convocatoria a las sesiones de la Asamblea Nacional no cumplió con el lapso de 48 horas establecido, lo que vicia de nulidad las decisiones tomadas en dichas sesiones. Se argumenta que la Junta Directiva de la Asamblea actuó en desacato a la sentencia n.° 269 del 21 de abril de 2016, que establece la necesidad de respetar este lapso para garantizar la participación de todos los diputados. Además, se señala que los cambios en la agenda de las sesiones fueron realizados de manera irregular, lo que también contraviene la normativa y afecta el orden constitucional.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que ES COMPETENTE para conocer y decidir el presente recurso de nulidad interpuesta conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos Pedro Carreño, Víctor Clark, Edwin Rojas, Loengri Matheus, Ramón Augusto Lobo, César Sandoval, Carmen Meléndez, Elías Jaua, Julio Chávez, Saúl Ortega, Juan Marín, Earle Herrera, Raiza Carrillo, Oscar Figuera, Ricardo Molina, Gerson Vizcaíno, Yul Jabour, Elio Serrano, Luis Soteldo, Sergio Fuenmayor, Aloha Núñez, Cristóbal Jiménez, Eduardo Linarez, Dante Rivas, Jorge Pérez, Carolina Vegas, Domingo Santana, y otros, actuando en su carácter de Diputados de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, y asistidos por la abogada Irina Atilano, contra las sesiones de la Asamblea Nacional celebradas los días 26 y 28 de abril y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016. 2.- ADMITE el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por los referidos ciudadanos contra las sesiones de la Asamblea Nacional celebradas los días 26 y 28 de abril y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016. 3.- ORDENA notificar a la parte recurrente de la presente decisión. 4.- ORDENA citar, mediante oficio, al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional, a la Fiscal General de la República, al Procurador General de la República y al Defensor del Pueblo, para que comparezcan a darse por citado ante este Tribunal Supremo. 5.- ACUERDA la solicitud de amparo cautelar formulada, y, en consecuencia, mientras se decide sobre el fondo del recurso de nulidad, se SUSPENDEN los efectos de las sesiones celebradas los días 26 y 28 de abril, y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016.

Palabras clave

nulidadAsamblea Nacionalamparo cautelarconvocatoriasesiones

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