Sentencia N° 797 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de mayo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 797, Exp. 07-0122, 02/05/2007
Expediente07-0122
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2007-05-02
DecisiónImpropio

Resumen

El ciudadano Freddy Alberto Pérez, en su carácter de legislador del Consejo Legislativo del Estado Lara, solicitó la declaratoria de inconstitucionalidad por la omisión del Consejo Legislativo de legislar sobre la Ley para organizar los municipios. La Sala Constitucional, tras analizar la competencia y la legitimación del accionante, concluyó que la acción de inconstitucionalidad por omisión era improponible, ya que no se evidenció una obligación constitucional clara que justificara la acción. La Sala declaró improponible tanto la solicitud de inhibición contra la Magistrada Luisa Estella Morales como la acción de inconstitucionalidad interpuesta.

Extracto de la motiva

La Sala ha advertido en casos similares, que la acción por omisión legislativa exige la denuncia de violación, por parte del órgano legislativo de que se trate -Asamblea Nacional, Consejos Legislativos o Concejos Municipales- de una obligación concreta. No puede olvidarse que se trata de un mecanismo procesal, cuyo cometido es eminentemente garantizador de la plena vigencia del Texto Fundamental, por el cual se logra que los órganos deliberantes de cada entidad territorial adopten las medidas -legislativas o no- que hagan efectiva la Constitución de la República. Tomando en cuenta la jurisprudencia transcrita, y luego de un análisis detallado del escrito presentado por el ciudadano Freddy Alberto Pérez, esta Sala observa que el mencionado accionante denunció la supuesta omisión en que incurrió el Consejo Legislativo del Estado Lara, al no haber promulgado de acuerdo a la Disposición Transitoria Cuarta, cardinal 7 de la Carta Magna y en el lapso establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal '…la legislación referida a la ordenación de los Municipios y demás entidades locales y el régimen de transferencia de servicios a los Municipios y comunidades organizadas…', lo que -a juicio del recurrente- revela una incompatibilidad con la norma suprema para lograr los fines que se persiguen con dichos instrumentos legales.

Dispositiva

1.- IMPROPONIBLE la solicitud de inhibición formulada por el recurrente contra la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño. 2.- IMPROPONIBLE la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa interpuesta por el ciudadano FREDDY ALBERTO PÉREZ, en su carácter de Legislador del Consejo Legislativo del Estado Lara, asistido por el abogado Guillermo Palacios, por la supuesta omisión del Consejo Legislativo del Estado Lara de sancionar los instrumentos normativos que correspondan a la potestad organizadora que tiene asignada con respecto a los Municipios y demás entidades locales, y a la división político territorial en cada jurisdicción.

Palabras clave

inconstitucionalidadomisión legislativaConsejo LegislativoLey Orgánica del Poder Público Municipaldescentralizaciónpoder municipaljurisprudenciaacción popular

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