Sentencia N° 796 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de junio de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 796, Exp. 13-0539, 20/06/2013
Expediente13-0539
PonenteGLADYS M. GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2013-06-20
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 20 de junio de 2013, ordenó la revisión de la sentencia N° 218 dictada por la Sala de Casación Penal, en la que se concedió avocamiento a favor del abogado Reinaldo Enrique Carvallo Machado, defensor de Oreste Alfredo Schiavo Lavieri. Se anula el fallo del 29 de junio de 2012 y se mantienen las medidas cautelares impuestas en diciembre de 2011. Además, se ordena la remisión del expediente a un tribunal distinto para continuar con el proceso penal.

Extracto de la motiva

Visto que, conforme lo establece el artículo 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Sala Constitucional tiene atribuida la potestad de revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva. Visto que, el artículo 25.11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia dispone que le compete a esta Sala revisar las sentencias dictadas por las otras Salas que se subsuman en los supuestos que señalan el numeral anterior, así como la violación de principios jurídicos fundamentales que estén contenidos en la Constitución de la República, Tratados, pactos o Convenios Internacionales suscritos y ratificados válidamente por la República, o cuando incurren en violaciones de derechos constitucionales.

Dispositiva

PRIMERO: ORDENAR a la Secretaría abrir el correspondiente expediente a los fines de que ejerza, de oficio, la revisión de la sentencia N° 218, del 18 de junio de 2013, dictada por la Sala de Casación Penal de este Alto Tribunal. SEGUNDO: ORDENAR a la Secretaría de esta Sala que oficie a la Sala de Casación Penal para que remita, INMEDIATAMENTE, el expediente N° 2012-0260, cursante en esa Sala, contentivo de la solicitud de avocamiento suscrita y presentada por el ciudadano abogado Reinaldo Enrique Carvallo Machado. TERCERO: SUSPENDE, cautelarmente, y hasta tanto se resuelva el mérito de la presente revisión constitucional, los efectos de la sentencia N° 218, del 18 de junio de 2013, dictada por la Sala de Casación Penal de este Alto Tribunal.

Palabras clave

avocamientomedidas cautelaressentencia penal

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