Sentencia N° 795 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 795, Exp. 11-0360, 30/05/2011
Expediente11-0360
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-05-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Ligré Tortosa Oraá en favor de familiares de personas fallecidas en el Centro Penitenciario El Rodeo I. La decisión se basa en la existencia de expresiones ofensivas hacia altos funcionarios del Estado en la solicitud, lo que contraviene la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Además, se señala la falta de capacidad de postulación de la demandante, quien no es abogada y no puede representar a otros en juicio.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la pretensión de amparo, observa que la misma contiene expresiones ofensivas contra altos funcionarios del Estado, lo que la subsume en el supuesto de inadmisibilidad establecido en el artículo 133.5 de la Ley Orgánica del Tribunal. Se destaca que la demandante, al no ser abogada, carece de capacidad de postulación, lo que vicia de nulidad su actuación. Por lo tanto, se concluye que la acción de amparo es inadmisible por las razones expuestas.
Dispositiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de tutela constitucional que ejerció LIGRÉ TORTOSA ORAÁ.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadderecho a la vidaexpresiones ofensivas