Sentencia N° 795 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de abril de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 795, Exp. 05-1516, 07/04/2006
Expediente05-1516
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-04-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronunció sobre la remisión de un expediente de amparo que había sido solicitado por Rafael Alberto Goncalves Colina. Se determinó que la Sala había incurrido en error al ordenar la remisión del expediente en consulta, ya que el caso se trataba de una apelación. La Sala ordenó a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara la remisión del expediente correspondiente a la causa nº 2005-000097, estableciendo un plazo perentorio para su cumplimiento.
Extracto de la motiva
Por cuanto, de los alegatos del actor no queda claro cuándo se dictó la sentencia de primera instancia de amparo y si, efectivamente, su apelación fue tempestiva, ya que no acompañó copia de aquélla y, por cuanto, como quedó dicho, el expediente original de la causa fue remitido al tribunal de origen; esta Sala, para mejor proveer sobre la solicitud que formuló el representante del demandante, ordena a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara la remisión del expediente de la causa nº 2005-000097, según su nomenclatura. Dicha remisión deberá hacerla en el lapso perentorio de tres días de despacho más el término de la distancia, que se computarán desde el recibo del oficio que se libre al efecto. Finalmente, esta Sala advierte a los Magistrados de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara que el incumplimiento de esta orden acarreará la imposición de la multa que establece el cardinal 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cual podrá oscilar entre mil (1.000) y tres mil (3.000) unidades tributarias.
Dispositiva
Publíquese y regístrese. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
amparoapelaciónremisiónCorte de Apelacionesexpedientesentencianotificaciónunidad tributaria