Sentencia N° 794 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de octubre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0794, Exp. 19-0642, 19/10/2022
Expediente19-0642
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-10-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Diurkin Bolívar Lugo y Tizbeth Sánchez Soriano en representación de los ciudadanos Leonardo Luis Rosas Maestre y Leonardo Antonio Guape. La acción se dirigió contra decisiones de la Sala 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Caracas, que supuestamente violaron derechos constitucionales de los accionantes. La Sala declaró su competencia para conocer el caso y, tras analizar las actuaciones procesales, determinó que había habido un abandono del trámite por parte de los peticionarios, pero decidió conocer la acción debido a la posible afectación de derechos fundamentales.
Extracto de la motiva
Esta Sala, con el fin de dictar una decisión ajustada a derecho considera necesario, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENAR a la Secretaría que oficie, vía fax y/o telefónicamente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que realice las diligencias necesarias para recabar y remitir a esta Sala Constitucional, dentro del lapso de dos (2) días contados a partir de su notificación, un informe pormenorizado, enumerado de manera cronológica todas las actualizaciones y enviar copias certificadas de las medidas dictadas que contengan el expediente, así como también, el estado actual de la causa que reposa en los expedientes identificados con los números 19.512-19 (de la nomenclatura del Tribunal Trigésimo Sexto (36°) de Primera en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas) y 4240-19 (de la nomenclatura de la Sala 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la misma Circunscripción Judicial), correspondiente a la causa penal que se le sigue a los ciudadanos Leonardo Luis Rosas Maestre y Leonardo Antonio Guape, por la presunta comisión del delito de Contrabando de Extracción, contemplado en el artículo 57 de la Ley Orgánica de Precios Justos y Peculado de Uso, previsto y sancionado en el artículo 56 ultimo aparte de la Ley Contra la Corrupción; así como también, indique si a los mencionados ciudadanos, pesa actualmente sobre ellos alguna medida de privativa de libertad y, en caso de ser afirmativo, indique cuál es esa medida y en el caso de que estén recluidos en algún centro de reclusión, informe en cuál centro de reclusión están y remita copia certificada de lo requerido.
Dispositiva
Se ordena a la Secretaría que oficie, vía fax y/o telefónicamente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que realice las diligencias necesarias para recabar y remitir a esta Sala Constitucional, dentro del lapso de dos (2) días contados a partir de su notificación, un informe pormenorizado, enumerado de manera cronológica todas las actualizaciones y enviar copias certificadas de las medidas dictadas que contengan el expediente.