Sentencia N° 791 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 791, Exp. 03-2642, 04/05/2004
Expediente03-2642
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Joel Gómez en representación de Jhon Darwin Maica León, quien falleció antes de la decisión. La acción fue presentada por presunta violación de derechos constitucionales, pero se consideró que la situación se tornó irreparable tras el fallecimiento del demandante. Se fundamenta la decisión en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

El artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece los casos en los cuales la acción de amparo debe ser declarada inadmisible, señalando en el numeral 3 que “...cuando la violación del derecho o la garantía constitucionales constituya una evidente situación irreparable, no siendo posible el restablecimiento de la situación jurídica infringida”. Ahora bien, visto que en el presente caso, el accionante, ciudadano JHON DARWIN MAICA LEÓN, falleció el 15 de diciembre de 2003, la situación se tornó irreparable, por lo tanto, lo ajustado a derecho es declarar inadmisible la acción de amparo ejercida de conformidad con el artículo 6 numeral 3 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales anteriormente transcrito. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo ejercida por el abogado JOSÉ JOEL GÓMEZ, actuando en su carácter de defensor del ciudadano JHON DARWIN MAICA LEÓN, contra la Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por la presunta violación del derecho a la defensa, el debido proceso, la igualdad de las partes, y el derecho a obtener oportuna respuesta.

Palabras clave

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