Sentencia N° 790 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de mayo de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0790, Exp. 25-0192, 28/05/2025
Expediente25-0192
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-05-28
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por los abogados Joxi Luis Robles y Herrera Edgar Ríos, en representación de los ciudadanos Euclides Francisco Hurtado y Jeferson Hurtado. La solicitud se fundamentó en presuntas irregularidades en el proceso penal que se sigue contra los mencionados ciudadanos ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. La Sala, tras analizar la solicitud, determinó que no se cumplían los requisitos para avocarse al caso, declinando el conocimiento a la Sala de Casación Penal.

Extracto de la motiva

motivado a pase de juicio, etapa en la que [se encuentran] actualmente.”. (Corchetes de esta Sala, mayúsculas y negrillas del escrito). Que “(…) la presente investigación inició en fecha 13/04/2021, donde los funcionarios quienes estaban a cargo de la presente investigación remiten las actuaciones al representante del Ministerio Público las cuales constan de unas citaciones específicamente al ciudadano EUCLIDES FRANCISCO HURTADO (…) donde se puede apreciar que él nunca las recibió he (sic) incluso hasta algunas por falta de firma de recibido y hasta no indica las horas. De igual manera es de hacer referencia que dicho ciudadano no fue detenido en fecha 24/08/2023 al contrario si no que fue un día antes del indicado 23/08/2023, ya que el mismo se encontraba conjuntamente con tres ciudadanos quienes darían fe en cuanto a su detención, llamando poderosamente la atención que el representante del Ministerio Público el día 25/08/2023 dos años después que dejaron plasmado la detención del ciudadano, es cuando realizan la solicitud de orden de aprehensión de este ciudadano ante la URDD del circuito judicial penal del estado Carabobo, ese mismo día que

Dispositiva

1. INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de avocamiento planteada por los abogados Joxi Luis Robles y Herrera Edgar Ríos, quienes aducen actuar en su condición de defensores privados de los ciudadanos Euclides Francisco Hurtado y Jeferson Hurtado. 2. DECLINA el conocimiento de la presente causa a la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

debido_procesodefensaministerio_publicoaudiencia_preliminarirregularidadescontrol_judicialtestigos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca