Sentencia N° 79 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0079, Exp. 25-0551, 19/02/2026
Expediente25-0551
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-02-19
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, a través de su Sala Constitucional, declaró inadmisible el amparo constitucional interpuesto por Ricardo Arturo de Jongh Rotondaro contra la sentencia N° 701 de la Sala de Casación Civil. La acción fue considerada inadmisible debido a que la Ley Orgánica de Amparo establece que no se admiten acciones de amparo contra decisiones emanadas de la Corte Suprema de Justicia, que es el caso del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
Que “[l]a Sala de Casación Civil interpretó erróneamente el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, dándole un alcance que contraviene la Constitución. Un poseedor legítimo siempre tendrá interés jurídico actual en demandar la nulidad de cualquier acto que pretenda conferir derechos a terceros sobre el bien que posee, pues dicho acto constituye una amenaza directa y una fuente potencial de perturbación” (Corchetes de la Sala).
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE el amparo constitucional interpuesto por el ciudadano RICARDO ARTURO DE JONGH ROTONDARO contra la sentencia N° 701, dictada el 12 de diciembre de 2024 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia. INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar innominada solicitada.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadsentenciaSala de Casación Civil