Sentencia N° 79 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de abril de 2019

TSJ/SC, Sent. N° 0079, Exp. 17-0383, 25/04/2019
Expediente17-0383
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2019-04-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Félix Enrique Carrasquel Pérez en representación de Julia Estela Pérez Márquez, en relación a la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar la apelación sobre la retención de un vehículo. La decisión se fundamenta en la falta de presentación de copia certificada del poder que acredite la representación del solicitante, lo que contraviene lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Conoce la Sala de la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado Félix Enrique Carrasquel Pérez, quien adujo actuar en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Julia Estela Pérez Márquez, de la decisión N° 0077, dictada el 31 de enero de 2017, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual se declaró sin lugar la apelación y se confirmó, en distintos términos el fallo dictado el 16 de diciembre de 2016, por el Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital quien a su vez declaró improcedente in limine litis, la acción de amparo constitucional que interpusiera el apoderado judicial de la aquí solicitante, contra el Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (C.P.N.B.), en virtud de la retención de un vehículo automotor cuya propiedad se atribuye la aludida ciudadana.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Félix Enrique Carrasquel Pérez, quien adujo actuar en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JULIA ESTELA PÉREZ MÁRQUEZ.

Palabras clave

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