Sentencia N° 79 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 79, Exp. 14-0736, 19/02/2015
Expediente14-0736
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-02-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por la defensora de los ciudadanos Jesús Antonio Peña Morales y Lincon Quiñones Arango, contra la decisión de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. La acción se fundamentó en la alegación de vicios en el proceso penal seguido contra los ciudadanos, pero la Sala determinó que la situación jurídica denunciada era irreparable, dado que el proceso había continuado su curso natural y se encontraba en fase de juicio. La decisión se basa en la imposibilidad de restablecer la situación jurídica a su estado anterior a la supuesta violación de derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la defensora privada de los ciudadanos JESÚS ANTONIO PEÑA MORALES y LINCON QUIÑONES ARANGO contra la sentencia dictada, el 15 de enero de 2014, por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la defensora privada de los ciudadanos JESÚS ANTONIO PEÑA MORALES y LINCON QUIÑONES ARANGO contra la sentencia dictada, el 15 de enero de 2014, por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

medida preventivaprivación de libertadnulidadaudienciaproceso penalirregularidades

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