Sentencia N° 79 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de marzo de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 79, Exp. 09-1262, 05/03/2010
Expediente09-1262
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-03-05
DecisiónAnula

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una decisión del Tribunal Quinto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que desaplicó la sujeción a la vigilancia de la autoridad civil del ciudadano Alexander Vásquez Pereira, quien había sido condenado por delitos de robo agravado y apropiación indebida. La Sala determinó que la decisión del tribunal de ejecución carecía de motivación adecuada, lo que llevó a la anulación de dicha decisión. Se ordenó al tribunal de ejecución que emitiera una nueva decisión conforme a la doctrina establecida por la Sala Constitucional.

Extracto de la motiva

Como fue narrado anteriormente, consta en autos que, el Tribunal Quinto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia remitió, a esta Sala Constitucional, para la revisión que establece el artículo 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, copia certificada de la decisión dictada el 1 de octubre de 2009, mediante la cual desaplicó “…LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD CIVIL…”, que debía cumplir el ciudadano Alexander Vásquez Pereira y que declaró, a su vez, la extinción de la responsabilidad penal decretada a dicho ciudadano, por la comisión de los delitos de robo agravado y apropiación indebida calificada, tipificados en los artículos 460 y 470 del Código Penal, aplicable ratione temporis. La anterior decisión dictada por el referido Tribunal Quinto de Ejecución adquirió el carácter de definitivamente firme según lo refiere el oficio N° 6087-09, del 22 de octubre de 2009, cursante al folio 3 del expediente, lo que permite a este Máximo Tribunal dilucidar si dicho pronunciamiento es contrario o no a la uniforme interpretación y aplicación de normas y principios constitucionales, así como a la doctrina de esta Sala plasmada en la jurisprudencia. Ahora bien, la Sala observa que en la decisión sometida a revisión el Tribunal Quinto de Ejecución desaplicó la pena accesoria contemplada en los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, referida a “…LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD CIVIL…”, sin plasmar en su pronunciamiento, en forma motivada, mediante un análisis explicativo y basado en argumentos, algunas consideraciones sobre la posible antinomia que existe entre el contenido de las normas previstas en el Código Penal, aplicable ratione temporis, y los principios, reglas o normas establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El referido Tribunal de Ejecución solo se limitó a señalar, en el dispositivo de su decisión, sin hacer ninguna consideración al respecto, que desaplicaba la sujeción a la vigilancia de la autoridad en el caso en concreto.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley se declara COMPETENTE para conocer de la revisión solicitada y ANULA la decisión dictada, el 1 de octubre de 2009, por el Tribunal Quinto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual desaplicó “…LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD CIVIL…”, que debía cumplir el ciudadano Alexander Vásquez Pereira, y que declaró, a su vez, la extinción de la responsabilidad penal decretada a dicho ciudadano, por la comisión de los delitos de robo agravado y apropiación indebida calificada, tipificados en los artículos 460 y 470 del Código Penal, aplicable ratione temporis. Asimismo, se ORDENA a dicho Juzgado de Ejecución, que dicte nueva decisión, acogiendo la doctrina asentada por esta Sala. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente y remítase copia certificada de la presente decisión al Tribunal Quinto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

revisión constitucionalmotivacióncontrol difusoresponsabilidad penalCódigo Penaljurisprudenciadecisión judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca