Sentencia N° 786 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de mayo de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 786, Exp. 03-2636, 06/05/2005
Expediente03-2636
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-05-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Ricardo Alexander Bravo Zapata en defensa de Darwin Evelio Sánchez Duque. La acción fue considerada inadmisible debido a que se interpuso fuera del lapso de caducidad establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ya que la decisión que se impugnaba fue dictada el 3 de abril de 2001 y la acción fue presentada el 14 de enero de 2003, más de un año después.

Extracto de la motiva

Analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, esta Sala pasa a pronunciarse sobre la controversia planteada y a tal efecto, observa: El representante judicial del accionante fundamentó la presente acción de amparo en el hecho que la decisión dictada el 3 de abril de 2001 por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, mediante la cual se condenó a su defendido a cumplir la pena de nueve (9) años de presidio por la comisión de los delitos de resistencia a la autoridad y robo de vehículo, contemplados respectivamente en los artículos 219 del Código Penal y artículos 5 y 6 en sus numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo, supuestamente vulneró los derechos constitucionales relativos al debido proceso, al derecho a la defensa, a la presunción de inocencia y a la libertad, previstos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 49, 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 122 del Código Orgánico Procesal Penal. En este sentido, alegó que la aludida sentencia condenó injustamente a su defendido, ya que no tomó en consideración las testimoniales de los testigos presenciales y de la víctima, ni apreció la experticia balística adecuadamente.

Dispositiva

CONFIRMA, en los términos expuestos, la decisión dictada el 16 de septiembre de 2003, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Ricardo Alexander Bravo Zapata, actuando con el carácter de defensor del ciudadano DARWIN EVELIO SÁNCHEZ DUQUE, contra la decisión dictada el 3 de abril de 2001, por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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