Sentencia N° 785 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de octubre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0785, Exp. 16-1126, 14/11/2024
Expediente16-1126
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de una decisión de la Sala Político Administrativa que declaró la jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública en un caso de despido. La solicitud fue presentada por el abogado Francisco Nicolás Olivo Córdova en representación de la empresa C.A., CINES UNIDOS, y la ciudadana Sigrid Coromoto Roque Salcedo fue la demandante. La Sala determinó su competencia para conocer la solicitud y ordenó la remisión de un informe detallado sobre el estado actual de la causa.

Extracto de la motiva

Visto entonces que en el caso sub iudice, la sentencia objeto de solicitud de revisión, de fecha 13 de agosto de 2015, dictada por la Sala Político Administrativa, esta Sala es competente para conocer y decidir la presente solicitud. Así se decide. Ahora bien, es necesario señalar que la presente solicitud de revisión versa sobre una decisión que en consulta obligatoria la Sala Político Administrativa declaró que el Poder Judicial tiene jurisdicción frente a la Administración Pública -Inspectoría de Trabajo-, y como quiera que se desconoce el resultado que sobrevino, esta Sala considera oportuno a los fines de pronunciarse sobre la solicitud de revisión de autos, contra la sentencia n° 01-041, del 13 de agosto de 2015, dictada por la Sala Político Administrativa, haciendo uso de la potestad que le es dada al juez constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento (Vid. Sentencia de la Sala Constitucional Nº 698/09, caso: Álvaro Luis Escalona y otro) y de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dicta un auto para mejor proveer y ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Juzgado Decimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, remita a esta Sala Constitucional un informe detallado sobre el estado actual de la causa signada con el alfanumérico N° AP21-L-2015-001358, nomenclatura de ese despacho, referente a la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, efectuada por la ciudadana Sigrid Coromoto Roque Salcedo, contra la empresa C.A., CINES UNIDOS.

Dispositiva

ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Juzgado Decimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, remita a esta Sala Constitucional un informe detallado sobre el estado actual de la causa signada con el alfanumérico N° AP21-L-2015-001358.

Palabras clave

jurisdicciónrevisión constitucionaltrabajodespidosalariosjurisprudencia

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