Sentencia N° 784 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 784, Exp. 15-0952, 12/08/2016
Expediente15-0952
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-08-12
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara no ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Domingo Alberto Marcano Rojas, en representación de varios ciudadanos, contra la sentencia n° RC.000050 dictada por la Sala de Casación Civil. La revisión se solicitó debido a que se alegó que la Sala de Casación Civil incurrió en incongruencias y violaciones a principios constitucionales al declarar perecido un recurso de casación por falta de técnica casacional. La Sala Constitucional reitera que la revisión no puede considerarse como una tercera instancia y que debe contribuir a la uniformidad en la interpretación de normas constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala considera pertinente reiterar el criterio sostenido en la sentencia n° 44, del 2 de marzo de 2000, en el cual se indicó que la facultad revisora otorgada a esta Sala por disposición de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tiene como objeto primordial garantizar la uniformidad en la interpretación de normas y principios constitucionales. Es decir, el requerimiento de marras no es considerado como una tercera instancia, así como tampoco constituye un medio ordinario de impugnación. Por ello, esta Sala insiste que la solicitud de revisión es un mecanismo procesal constitucional excepcional, extraordinario y discrecional, que se encuentra limitado a unos supuestos claramente establecidos en el artículo 25 numerales 10, 11 y 12 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional propuesta por el abogado DOMINGO ALBERTO MARCANO ROJAS, en representación de los ciudadanos y ciudadanas JESUCITA AGUILAR DE SEQUERA, SOCORRO AGUILAR HERNÁNDEZ, JOSÉ AGUILAR, CARMEN AGUILAR AGUILAR, IRENE AGUILAR AGUILAR, ÁNGEL RAMÓN AGUILAR y BALASITA AGUILAR de la sentencia n° RC.000050 dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia el 3 de marzo de 2015.

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca