Sentencia N° 78 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de febrero de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0078, Exp. 23-0987, 06/02/2024
Expediente23-0987
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2024-02-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió no ha lugar a la solicitud de revisión constitucional interpuesta por LABORATORIOS VALMOR, C.A. contra la sentencia N° 00068 dictada por la Sala Político Administrativa. La decisión de la Sala Político Administrativa había declarado con lugar el recurso de apelación del Fisco Nacional, revocando la sentencia anterior que había favorecido a LABORATORIOS VALMOR, C.A. La Sala Constitucional concluyó que no hubo violación del derecho al debido proceso ni a la tutela judicial efectiva, y que la Sala Político Administrativa actuó conforme a derecho al interpretar la Ley Sobre la Zona Libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida.

Extracto de la motiva

Que “(…) la sentencia cuya inconstitucionalidad denunciamos, ha violado de manera flagrante el derecho a la tutela judicial efectiva, y al debido proceso por haber incurrido en el vicio de incongruencia omisiva, al haber obviado emitir pronunciamiento sobre los argumentos y pruebas aportados al proceso por nuestra representada, y especialmente al haber silenciado la experticia contable en la que se concluyó que nuestra representada tiene derecho a la exención establecida en los artículos 7 parágrafo único, y 8 de la Ley de la Zona Libre, Cultural Científica y Tecnológica de Mérida (…)”. Que “(…) se debe concluir que siendo dicha prueba, fundamental en el proceso contencioso tributario de autos, era imperativo que la Sala Especial Primera de la Sala Político-Administrativa emitiera pronunciamiento sobre dicha prueba, y sobre los argumentos que con esa prueba se pretendían establecer”. Que “(…) esa representación es consciente de las amplias facultades de que gozan los jueces para valorar las pruebas de conformidad con el sistema de la sana crítica, pudiendo valorar o desechar la prueba, siempre con un fundamento que permita al justiciable ejercer su derecho a la defensa, de manera posterior y por medio de los recursos judiciales que la ley adjetiva pone a su disposición. No obstante, lo que no puede en ninguna circunstancia hacer el juez, es silenciar la prueba y omitir todo pronunciamiento o consideración sobre el mérito de la misma, especialmente si se trata de una prueba fundamental y determinante para la compresión y mejor decisión del asunto”.

Dispositiva

1.- LA COMPETENCIA para el conocimiento de la solicitud de revisión constitucional que interpuso el abogado Rosnell Vladimir Carrasco Baptista, actuando en su carácter apoderado judicial de la sociedad mercantil LABORATORIOS VALMOR, C.A, de la decisión N° 00068 dictada el 23 de mayo de 2023, por la Sala Político Administrativa – Sala Especial Primera- de este Tribunal Supremo de Justicia en el expediente distinguido con el N° 2017-0406. 2.- NO HA LUGAR a la solicitud de revisión en cuestión.

Palabras clave

Revisión ConstitucionalLaboratorios ValmorFisco NacionalImpuesto sobre la RentaZona Libre

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