Sentencia N° 779 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de junio de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0779, Exp. 21-0011, 26/06/2023
Expediente21-0011
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-06-26
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, se pronunció sobre la homologación del desistimiento presentado por la sociedad mercantil Escotel Software, INC, en relación a la apelación contra un fallo que declaró con lugar una acción de amparo constitucional interpuesta por Corporación Digitel, C.A. El desistimiento fue presentado por el abogado Gustavo Adolfo Domínguez Florido, quien actuó en representación de Escotel Software, INC.
Extracto de la motiva
La Sala debe determinar su competencia para el conocimiento del recurso de apelación que fue ejercido en la presente causa. En tal sentido, con fundamento en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y el artículo 25, numeral 19, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; así como, en la sentencia de esta Sala n.° 01, del 20 de enero de 2000, (caso: “Emery Mata Millán”), corresponde a esta Sala Constitucional el conocimiento de las apelaciones contra las decisiones que recaigan, en primera instancia, en los procesos de amparo constitucional autónomo que dicten los Juzgados Superiores de la República, con excepción de las que expidan los Juzgados Superiores con competencia en lo Contencioso Administrativo. De esta manera, en virtud de que la sentencia objeto de apelación fue dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, esta Sala es competente para conocer del presente recurso, y así se declara.
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO manifestado por el abogado Gustavo Adolfo Domínguez Florido, apoderado judicial de la sociedad mercantil ESCOTEL SOFTWARE, INC, acerca de la apelación ejercida contra el fallo dictado el 29 de diciembre de 2020, y publicado en extenso el 5 de enero de 2021, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil Corporación Digitel, C.A.