Sentencia N° 773 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de julio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 773, Exp. 12-0100, 04/07/2014
Expediente12-0100
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2014-07-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la apelación interpuesta contra la decisión del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, que había declarado improcedente in limine litis la acción de amparo. La acción fue presentada por Efigenia Gutiérrez Parisca en representación de William Enrique Páez Orozco, quien alegaba violaciones a sus derechos constitucionales en un juicio de nulidad de contrato. La Sala consideró que el juzgado no había actuado fuera de sus competencias y que la apelación era inadmisible debido a que el accionante había optado por recurrir a vías ordinarias.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional se ejerció contra una decisión judicial y, en tal sentido, ha sido criterio reiterado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que este tipo de acción constituye un mecanismo procesal con características que la diferencian de las demás pretensiones de amparo, así como de las otras vías existentes para la impugnación de los actos que emanen de los órganos jurisdiccionales, razón por la cual a las demandas de amparo constitucional contempladas en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se le han señalado especiales presupuestos para su procedencia, cuyo incumplimiento acarrea la desestimación de la pretensión, incluso in limine litis, en atención a los principios de celeridad y economía procesal.

Dispositiva

1) SIN LUGAR la apelación ejercida contra la sentencia dictada el 19 de diciembre de 2011 por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2) REVOCA la decisión del a quo y se declara INADMISIBLE el amparo interpuesto por la abogada Efigenia Gutiérrez Parisca, en representación del ciudadano WILLIAM ENRIQUE PÁEZ OROZCO, contra la decisión dictada el 27 de junio de 2011 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

amparoderechosgarantíasconstitucionalesjurisdiccióninadmisibilidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca