Sentencia N° 772 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de mayo de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 772, Exp. 10-0583, 23/05/2011
Expediente10-0583
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-05-23
DecisiónCon Lugar
Resumen
La ciudadana Adalgisa Guevara Moreno interpuso una demanda de amparo constitucional contra una sentencia que declaró sin lugar una demanda por desalojo. El Juzgado Superior Civil admitió la demanda y declaró con lugar el amparo, anulando la decisión anterior. Posteriormente, se realizó una transacción entre las partes, y la Sala Constitucional ordenó al Juzgado de origen informar sobre el cumplimiento de las notificaciones ordenadas.
Extracto de la motiva
Ahora bien, ante la declaración de la ciudadana alguacil, esta Sala, en aras de realizar un pronunciamiento que se ajuste a derecho, de acuerdo a lo que preceptúa el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENA al Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar que informe a este Máximo Tribunal de Justicia, en el plazo de tres (3) días hábiles, más ocho (8) días por el término de la distancia, computables desde la notificación de este auto, sobre el resultado de la comisión que se le confirió.
Dispositiva
Se advierte al titular del Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar que la falta de cumplimiento oportuno con la orden precedente se sancionará conforme al artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y notifíquese.