Sentencia N° 770 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de julio de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 770, Exp. 09-1229, 21/07/2010
Expediente09-1229
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-07-21
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta contra la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala argumenta que no se evidenció la ineficacia del recurso de apelación ordinario para restablecer la situación jurídica denunciada, lo que justifica la inadmisibilidad del amparo. Además, se resalta que el agraviado no agotó las vías judiciales ordinarias antes de recurrir al amparo constitucional.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 6 de octubre de 2009, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; y en consecuencia se CONFIRMA la decisión del a quo que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 6 de octubre de 2009, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; y en consecuencia se CONFIRMA la decisión del a quo que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional.