Sentencia N° 769 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 769, Exp. 15-1435, 12/08/2016
Expediente15-1435
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional revisa la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Anzoátegui, que había declarado parcialmente con lugar una apelación relacionada con un contrato de póliza de seguros. La parte solicitante argumenta que se le cercenó el derecho al debido proceso y que hubo vicios en la decisión del juzgado inferior. La Sala ordena la remisión de una copia certificada de la sentencia original para garantizar la tutela judicial efectiva y apercibe al juez por la desorganización en la foliatura de los documentos.
Extracto de la motiva
El artículo 336 cardinal 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, le atribuye a la Sala Constitucional la potestad de “revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva”. Tal potestad de revisión de decisiones definitivamente firmes abarca fallos que hayan sido expedidos tanto por las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia (artículo 25.11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) como por los demás tribunales de la República (artículo 25.10 eiusdem), pues la intención final es que la Sala Constitucional ejerza su atribución de máximo intérprete de la Constitución, según lo que establece el artículo 335 del Texto Fundamental.
Dispositiva
ORDENA al ciudadano Alfredo José Leca de Oliveira que, dentro del lapso de cinco (05) días contados a partir de su notificación más el término de la distancia, remita copia certificada corrigiendo los folios y orden de la misma, para que pueda ser legible la sentencia dictada en el expediente alfanumérico BP02-R-2015-000088, correspondiente a la demanda por cumplimiento de contrato de póliza de seguros e indemnización de daños y perjuicios, incoada por el hoy solicitante contra la sociedad mercantil Seguros Caracas de Liberty Mutual C.A.
Palabras clave
revisiónsentenciapóliza de segurosderecho al debido proceso