Sentencia N° 765 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 765, Exp. 09-1303, 05/06/2012
Expediente09-1303
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-06-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Ángel Eduardo Gómez Sigala, quien había solicitado un amparo contra las acciones del Instituto Nacional de Tierras. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Superior Tercero Agrario que declaró inadmisible la acción de amparo, argumentando que existían vías judiciales ordinarias para la protección de los derechos alegados. La Sala consideró que el demandante había ejercido los recursos pertinentes y que la acción de amparo no era la vía adecuada en este caso.
Extracto de la motiva
Esta Sala procede a decidir sobre la apelación tempestiva por parte del abogado Jesús Jiménez Peraza, actuando en su carácter de apoderado judicial de la accionante en amparo y al respecto observa que se alegó la presunta violación a los derechos a la defensa, al debido proceso, a la vivienda y a propiedad, que establecen los artículos 49, 82 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 26 de octubre de 2009. Por su parte, el tribunal a quo, mediante sentencia del 26 de octubre de 2009, declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta, al considerar que existía una vía judicial que permitía una protección adecuada de los derechos constitucionales alegados como violados. En efecto, esta Sala observa que el accionante en amparo expresó en su libelo de demanda, así como en la fundamentación de la apelación, que fue notificado de la resolución dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en la Sesión N° 167-08, Punto de Cuenta N° 28 del 12 de marzo de 2008, en la que se le informó de la posibilidad de ejercer recursos tanto administrativos como judiciales, siendo que el actor señaló que ejerció los dos tipos de acciones en sede administrativa y en sede judicial, tanto así, que en vía judicial ya existe una decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara el 2 de abril de 2009, que declaró sin lugar el recurso contencioso agrario de nulidad y válidos todos los efectos jurídicos del acto administrativo impugnado, por lo que apeló de dicha decisión ante la Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, siendo que la Sala Especial Agraria en sentencia N° 1483/07.12.2010 dictó fallo en el que declaró sin lugar el recurso de apelación y firme la sentencia apelada.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por Ángel Eduardo Gómez Sigala, actuando en su propio nombre y en su condición de Administrador de la empresa agropecuaria Agrícola Bureche 2007 C.A., contra las vías de hecho efectuadas por el Instituto Nacional de Tierras (INTI). SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 26 de octubre de 2009, en los términos expuestos en la presente decisión.