Sentencia N° 764 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de octubre de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0764, Exp. 16-0254, 17/10/2022
Expediente16-0254
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2022-10-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de octubre de 2022, declaró no ha lugar la solicitud de revisión presentada por Dayana Melissa Capcha de Cannavo contra la sentencia del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que había declarado con lugar la demanda de liquidación y partición de la comunidad hereditaria interpuesta por Giacoma Bálsamo Asaro. La Sala fundamentó su decisión en la falta de citación y participación de uno de los litis consortes, lo que vulneró los derechos del que no fue convocado a la tutela judicial efectiva y al debido proceso.

Extracto de la motiva

es meritorio la presente solicitud de Revisión Extraordinaria Constitucional a los fines de determinar las violaciones constitucionales del Tribunal en esta sentencia lo contenido en la primera resolución; pues declara con lugar una liquidación y partición hereditaria, sin presentar la declaración sucesoral necesaria para la determinación exacta de los bienes de los cuales se pretende la partición y que a los fines del resguardo de la legalidad del juez de la causa debió solicitar a la demandante dado a lo insuficiente del material probatorio aportado en autos para verificar sin dudas primero, la existencia de una comunidad hereditaria, segundo los bienes que conforman tal comunidad y tercero los sujetos intervinientes con intereses legítimos en los bienes que integran la comunidad hereditaria a la cual se solicita su partición. Continua la sentencia sujeta a la presente Solicitud de Revisión agraviante del derecho constitucional.

Dispositiva

PRIMERO.- COMPETENTE para conocer de la presente revisión. SEGUNDO.- NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por la ciudadana Dayana Melissa Capcha de Cannavo, asistida por el abogado Carlos Vladimir Veroes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.785, contra la sentencia dictada el 15 de noviembre de 2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró: “(…) Con Lugar la demanda que por liquidación y partición de la comunidad hereditaria, fue interpuesta por la ciudadana Giacoma Bálsamo Asaro, en contra del ciudadano Massimo Cannavo del Maschio, (…)”. TERCERO.- Remítase copia certificada de la presente decisión al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Palabras clave

particiónherenciaderechostutela judicialrevisión constitucionalproceso judicial

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