Sentencia N° 763 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de junio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 763, Exp. 13-0022, 18/06/2014
Expediente13-0022
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-06-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre la Corte Marcial y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, relacionado con una acción de amparo interpuesta por María Alejandra Paz de Abreu y su abogada Ivette E. Rivero, en representación de Alwin José Abreu Barreto, un Capitán de Corbeta de la Armada. La Corte Marcial había declarado su incompetencia para conocer del caso, remitiendo el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que también se declaró incompetente, lo que llevó a la Sala Constitucional a asumir el conocimiento del conflicto de competencia.

Extracto de la motiva

La parte accionante, en su escrito de amparo constitucional, expuso lo siguiente: Que la presente acción de amparo se interpone por la presunta violación de sus derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, debido proceso, igualdad ante la ley, derecho a la protección del honor y reputación, por cuanto fue iniciada una investigación en su contra llevada a cabo por la Dirección de la Comandancia General de la Armada Bolivariana y la Inspectoría General de la Armada, la cual concluyó, el 27 de septiembre de 2012, con una sanción de arresto de seis (6) días y un oficio cierre de investigación del 28 de octubre de 2012. Que la Inspectoría vulneró “irreparablemente los Derechos (sic) Constitucionales (sic) de mi representado a quien el Estado, por mandato Constitucional, debe Garantizar (sic) el Debido Proceso (sic), el Derecho a la Tutela Judicial Efectiva (sic), El Derecho a Defensa (sic) dándole ciertamente la posibilidad de satisfacer su pretensión con arreglo a la justicia”. Asimismo, señaló que no dispone de las copias certificadas del expediente objeto de investigación, por cuanto solo tuvo acceso al mismo en la fase de investigación por períodos de “4 y 5 horas continuas porque se nos negó en razón de Confidencialidad”. De igual modo, solicitó que se admita la presente acción de amparo, se libre oficio a la Inspectoría General de la Armada, a los fines de que remitan el expediente contentivo de la investigación, ya que, a decir de la parte accionante, se desconoce la totalidad de las actas, en virtud de que, como anteriormente se señala, no tuvo acceso a la causa. Finamente, solicitó que se declare con lugar la acción de amparo y se anule la decisión emanada de la Inspectoría General de la Armada de sanción disciplinaria de arresto simple a su representado: ciudadano Alwin José Abreu Barreto, en su condición de Capitán de Corbeta de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas esta Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar, con competencia nacional y sede en Caracas, Distrito Capital, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Declina en la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por las ciudadanas MARIA ALEJANDRA PAZ DE ABREU e IVETTE E. RIVERO, abogada en ejercicio, contra el acto administrativo sancionatorio impuesto por el Vicealmirante JOSÉ GONCALVES GONCALVES, Inspector General de la Armada, al ciudadano Capitán de Corbeta ALWIN JOSÉ ABREU BARRETO, de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y el artículo 259 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Ordena la remisión inmediata de las actuaciones a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, por considerar que es el órgano jurisdiccional competente para conocer de la presente acción de amparo constitucional.

Palabras clave

amparocompetenciaactos administrativosjurisdicciónsancionesderechosconstitucionalmilitar

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca