Sentencia N° 762 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0762, Exp. 22-0550, 21/05/2025
Expediente22-0550
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-05-21
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha decidido a favor de la solicitud de revisión constitucional presentada por Regina Kauam Zeitoune y sus hermanos, en relación a la sentencia de la Sala de Casación Civil que había declarado sin lugar el recurso extraordinario de casación. La decisión de la Sala de Casación Civil fue considerada nula, ya que se argumentó que no se había operado la perención de la instancia, dado que no habían transcurrido los plazos establecidos por la ley debido a la falta de actividad judicial durante ciertos períodos.

Extracto de la motiva

MOTIVADA E INCONGRUENTE GENERA ESTADO DE INDEFENSIÓN…”. 2.- Que “… no operó la perención prevista en el artículo 267 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, puesto que no habían transcurrido con creces el lapso de preclusión de los seis (6) meses que dispone dicho artículo, hubo interrupción y no perención como lo señaló la hoy recurrida en casación; generando así, la subversión del procedimiento que menoscaba el debido proceso y el derecho a la defensa por estar inmerso el orden público consagrado en el artículo 49 numeral 1 de la Carta Magna, que conlleva a su vez, a una franca contradicción de los postulados constitucionales consagrados en los numerales 3, 4 y 8 del mismo artículo 49 y los artículos 2, 3, 26 y 257 de la ya mencionada norma constitucional, atinente al principio del Estado de Derecho y de Justicia Social como paradigma del Estado Venezolano…”. 3.- Que, “… avala un error inexcusable del juez de apelación al convalidar el argumento de LA PERENCIÓN esgrimida maliciosamente por los demandados, como táctica perentoria…”

Dispositiva

HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la ciudadana REGINA KAUAM ZEITOUNE, NULA la sentencia n.° 254 proferida el 22 de julio de 2021, y se ORDENA la reposición de la causa al estado de admisión de la demanda.

Palabras clave

perencióndebido procesolegitimaciónCódigo de Procedimiento Civilderechosjusticiasentenciarevisión

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