Sentencia N° 762 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de octubre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0762, Exp. 17-0645, 17/10/2022
Expediente17-0645
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-10-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por la defensora pública Wendy Contreras en defensa de Luis Alfredo Martínez Zabala, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. La Corte había confirmado la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta al ciudadano por la presunta comisión del delito de homicidio calificado. La Sala concluye que no se evidencian violaciones a derechos fundamentales que justifiquen la acción de amparo, ya que la Corte de Apelaciones actuó dentro de su competencia y ajustada a derecho.
Extracto de la motiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara COMPETENE e IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por la defensora pública Wendy Contreras, actuando en defensa del ciudadano Luis Alfredo Martínez Zabala, ambos previamente identificados, en contra del fallo proferido por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas el 9 de marzo de 2017. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Remítase copia certificada de la presente decisión al Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Vargas.
Dispositiva
Se declara COMPETENTE e IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por la defensora pública Wendy Contreras, actuando en defensa del ciudadano Luis Alfredo Martínez Zabala, en contra del fallo proferido por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas el 9 de marzo de 2017.
Palabras clave
amparo constitucionalhomicidio calificadoprivación de libertaddebido proceso