Sentencia N° 758 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de abril de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 758, Exp. 00-1150, 11/04/2003
Expediente00-1150
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-04-11
DecisiónNO ACEPTA la declinatoria de competencia

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia realizada por la Sala Político-Administrativa en un caso de amparo constitucional interpuesto por el Banco Federal C.A. contra un acto administrativo. La Sala declaró su incompetencia para conocer el caso y determinó que la Sala Político-Administrativa es la competente para el conocimiento del amparo cautelar solicitado. La decisión se fundamenta en la interpretación del artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que establece excepciones a la competencia en materia de amparo.

Extracto de la motiva

Sin embargo, a propósito de la interpretación del artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la Sala dispuso lo siguiente: 'Al estar vigente el citado artículo 5°, surge una excepción a la doctrina sobre la competencia en materia de amparo, contenida en este fallo, y es que los tribunales, incluyendo las Salas de este Supremo Tribunal, que conozcan de procesos de nulidad de actos administrativos de efectos particulares, o contra negativas o abstenciones de la Administración, mediante recursos contenciosos administrativos, podrán a su vez conocer de los amparos previstos en el Artículo 5° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, siempre que el recurso de nulidad o por abstención de la Administración, no se funde en una infracción directa e inmediata de la Constitución, y siempre que la acción de amparo no se encuentre caduca'. En este sentido, esta Sala declara su incompetencia para el conocimiento del caso de autos, así como la competencia, a su respecto, de la Sala Político-Administrativa de este Máximo Tribunal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que : 1. NO ACEPTA la declinatoria de competencia que realizó la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia el 29 de febrero de 2000. 2. El Tribunal competente para el conocimiento de la consulta del amparo cautelar que se solicitó en la demanda de nulidad que interpuso, el 21 de abril de 1999, el Banco Federal C.A. contra el acto administrativo de efectos particulares que dictó, el 9 de marzo de 1999, la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras con el nº 079-99 y por cuyo intermedio se decidió el recurso administrativo de reconsideración que ejerció el demandante, cuya decisión ratificó el acto administrativo que contiene el oficio nº SBIF-SFD-1-6946 del 1 de octubre de 1998, es la Sala Político- Administrativa de éste Supremo Tribunal, a la cual deberán remitirse los autos.

Palabras clave

amparo constitucionaldeclinatoria de competenciaactos administrativosrecurso contencioso administrativoLey Orgánica de AmparocompetenciaBanco Federal C.A.sala político-administrativa

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca