Sentencia N° 757 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de junio de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 757, Exp. 15-0507, 18/06/2015
Expediente15-0507
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-06-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Wilfredo Manuel Montero Castillo y Henry Gregorio Zapata Yru, en representación de Yusmelis Elena Meregote Pereira. La acción fue presentada debido a la omisión de pronunciamiento del Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control, que había declarado inadmisible la acción de amparo por no acreditar la cualidad de defensores de la ciudadana mencionada. La Sala, al recibir el caso, consideró necesario solicitar información al Juzgado sobre el estado actual de la causa y otros aspectos relevantes, otorgando un plazo para la remisión de dicha información. Se advirtió sobre las sanciones en caso de incumplimiento de la orden emitida por la Sala, reafirmando la importancia del respeto a los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo constitucional interpuesta, considera que es fundamental garantizar el derecho de defensa de la ciudadana Yusmelis Elena Meregote Pereira, quien se encuentra en una situación jurídica delicada. En este sentido, se hace necesario que el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control informe sobre el estado actual de la causa, así como sobre cualquier pronunciamiento relacionado con la solicitud de medida sustitutiva de la privativa de libertad. La Sala enfatiza que el respeto a los derechos fundamentales es un pilar del sistema jurídico venezolano y que cualquier omisión en el cumplimiento de las órdenes judiciales puede acarrear consecuencias legales para los responsables. Asimismo, se destaca que la acción de amparo constitucional tiene como objetivo proteger los derechos y garantías de los ciudadanos frente a posibles abusos de poder por parte de las autoridades. En este caso, la Sala reitera su compromiso con la defensa de los derechos humanos y la justicia, instando a los órganos judiciales a actuar con diligencia y respeto a los procedimientos establecidos por la ley. La Sala, por tanto, se reserva el derecho de evaluar la respuesta del Juzgado y tomar las decisiones pertinentes en función de la información que se le proporcione.

Dispositiva

Se ordena al Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que informe a este Alto Tribunal: a) el estado actual de la causa seguida contra la ciudadana Yusmelis Elena Meregote Pereira; b) su actual sitio de reclusión; c) si existe pronunciamiento con relación a la solicitud de otorgamiento de una medida sustitutiva de la privativa de libertad a favor de la mencionada ciudadana; y, d) en caso de que se hubiese dado respuesta, remitir copia certificada de dicho pronunciamiento. A tal efecto, se le concede un plazo de tres (3) días, luego de recibida copia de la presente decisión, a los fines de que efectúe la remisión.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho de defensaomisión de pronunciamiento

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