Sentencia N° 756 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0756, Exp. 21-0606, 09/12/2021
Expediente21-0606
PonenteRENÉ ALBERTO DEGRAVES ALMARZA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2021-12-09
DecisiónSe admite la solicitud de avocamiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Cristian Izaguirre en representación de María Francisca Rodríguez Castillo, en relación a los expedientes KP02-V-2018-000681 y KP02-V-2019-001232. La decisión se fundamenta en la existencia de anomalías procesales que podrían vulnerar el orden público constitucional y el interés superior de la niña involucrada. Se ordenó la suspensión inmediata de las causas y la remisión de los expedientes al Tribunal correspondiente.

Extracto de la motiva

motivación ni justificación alguna. Que el 20 de diciembre de 2019, en la incidencia distinguida con la nomenclatura KHOU-X-2020-000042, se dictó medida provisional de prohibición de salida del país y de arraigo a la niña, debiendo según el mandato legal, permanecer en la Urbanización La Rosaleda, calle 05, parcela A-5, casa № 23, Barquisimeto, Estado Lara. Con la medida excesivamente complaciente, el juez relegó el derecho constitucional de libre movilización dentro del territorio nacional de la progenitora y, en consecuencia, de la niña de autos. Que el 23 de diciembre de 2019, el ciudadano Johans Alberto Álvarez Méndez solicitó nuevamente se ejecutara forzosamente a la ciudadana María Francisca Rodríguez, pese a que el auto del 25 de noviembre de 2020, se presume que fue emitido el 23 de diciembre de 2019, contentivo de mandato que acordó nuevamente la ejecución forzosa en el domicilio de la madre. El día fijado para la ejecución forzosa la madre de la niña comparece a la sede del Tribunal y el Juez le impone decreto de ejecución forzosa emplazándola a comparecer a la sede con la niña ese mismo día a las 3:00 de la tarde, viciado emplazamiento desco

Dispositiva

Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de avocamiento interpuesta por el abogado Cristian Izaguirre, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA FRANCISCA RODRÍGUEZ CASTILLO. Se ADMITE la presente solicitud de avocamiento. Se ORDENA requerir a la Presidencia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que remita los expedientes originales identificados con el alfanumérico: KP02-V-2018-000681 y KP02-V-2019-001232 y sus respectivos cuadernos e incidencias. Se ORDENA la inmediata suspensión de las causas contenidas en los expedientes KP02-V-2018-000681 y KP02-V-2019-001232 y sus respectivos cuadernos e incidencias. ACUERDA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión inmediata de todos los efectos de las actuaciones verificadas en las causas llevadas en los expedientes KP02-V-2018-000681 y KP02-V-2019-001232.

Palabras clave

avocamientorégimen de convivencianiñosderechosjusticia

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