Sentencia N° 755 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de junio de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 755, Exp. 15-0480, 18/06/2015
Expediente15-0480
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-06-18
DecisiónOfíciese lo conducente.

Resumen

La Sala Constitucional recibió un escrito de amparo constitucional presentado por la ciudadana Amaly Pérez Contreras, a través de su abogado, en contra de una sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La Sala ordenó a dicho órgano jurisdiccional que remita información sobre la notificación de la sentencia supuestamente lesiva, advirtiendo sobre posibles sanciones por la omisión de dicha información. La decisión fue firmada por el Magistrado Ponente y otros magistrados.

Extracto de la motiva

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el juez constitucional puede requerir la información que considere pertinente en cuanto contribuya al esclarecimiento de los hechos acontecidos y, en tal sentido, como quiera que no consta en autos la fecha en la cual se notificó a la presunta agraviada de la sentencia supuestamente lesiva, resulta menester solicitar a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que informe a esta Sala cuándo se notificó a la supuesta agraviada de la sentencia dictada el 26 de junio de 2014, en el expediente 14-0861 de su numeración.

Dispositiva

En consecuencia, se ordena al referido órgano jurisdiccional, que en el lapso de dos días hábiles siguientes a la recepción del presente auto, remita a esta Sala la información solicitada, con la advertencia que la omisión de remitir la información requerida, pudiera acarrear la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

amparoderechosgarantíasnotificaciónjurisdicciónCorteadministrativa

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