Sentencia N° 752 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de octubre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0752, Exp. 21-0078, 14/10/2022
Expediente21-0078
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-10-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Numa Rafael Rojas Velásquez, quien alegó la omisión de pronunciamiento por parte de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas respecto a su situación penal. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y ordenó a la Corte de Apelaciones que remita información sobre el estado del asunto penal y las solicitudes previas realizadas por el demandante.
La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar los derechos constitucionales del demandante, quien ha cumplido su pena y busca restablecer sus derechos políticos. La Sala ordenó que se oficie a las autoridades pertinentes para que se realicen las diligencias necesarias y se informe sobre el cumplimiento de las solicitudes interpuestas por el demandante.
Finalmente, la Sala declaró con lugar la acción de amparo, enfatizando la importancia de la celeridad en la respuesta a las solicitudes de los ciudadanos y el respeto a sus derechos fundamentales.
Extracto de la motiva
Ahora bien, esta Sala, con el fin de dictar una decisión ajustada a derecho en la presente solicitud de amparo, considera necesario, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENAR a la Secretaría que oficie, vía fax y/o telefónicamente al Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, para que realice las diligencias necesarias en recabar y remitir a esta Sala Constitucional, dentro de los cinco (5) días continuos siguientes a su notificación, más seis (6) días que se conceden como término de la distancia, información acompañada de las copias certificadas conducentes, acerca del estado en que se encuentra el asunto penal distinguido alfanuméricamente como NP01-P-2013-023776 (nomenclatura del Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas), seguido al ciudadano Numa Rafael Rojas Velásquez, ut supra identificado, asimismo, informe si ya dio respuestas a las solicitudes interpuestas el 18 de agosto, 17 de septiembre y 1 de diciembre de 2020, respecto al cumplimiento de la pena del mencionado ciudadano, debido a que el 14 de agosto de 2020, cumplió la pena interpuesta y de ser posible, remita a esta Sala copia certificada que corrobore lo informado. Se advierte que el incumplimiento de lo solicitado conllevará la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, consistente en una “(…) multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a las personas, funcionarios o funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar”. Para el cumplimiento más expedito de lo dispuesto anteriormente, se ordena a la Secretaría de la Sala que, conforme a lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, practique en forma telefónica la notificación a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.
Dispositiva
Se ordena a la Secretaría que oficie, vía fax y/o telefónicamente al Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, para que realice las diligencias necesarias en recabar y remitir a esta Sala Constitucional, dentro de los cinco (5) días continuos siguientes a su notificación, más seis (6) días que se conceden como término de la distancia, información acompañada de las copias certificadas conducentes, acerca del estado en que se encuentra el asunto penal distinguido alfanuméricamente como NP01-P-2013-023776, seguido al ciudadano Numa Rafael Rojas Velásquez.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos políticosCorte de Apelaciones