Sentencia N° 752 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0752, Exp. 19-0763, 09/12/2021
Expediente19-0763
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-12-09
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara competente para conocer la acción de amparo interpuesta por León Orlando Canelón Rodríguez contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La acción se basa en la alegación de violación del derecho a la tutela judicial efectiva y la expectativa plausible. Sin embargo, se determina que ha habido abandono del trámite por parte del accionante, quien no realizó actuaciones en el expediente durante más de seis meses.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Conoce esta Sala de la acción de amparo constitucional interpuesta contra la sentencia dictada el 31 de octubre de 2019 por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró “(…) PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido (…) por el apoderado judicial de la parte demandada (…) contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del [E]stado Lara, en fecha 10 de junio del año 2019. SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el numeral 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la representación judicial de la parte demandada (…). TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada (…). CUARTO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 10 de [j]unio del (sic) (…) 2019. QUINTO: La presente decisión fue dictada y publicada dentro del lapso correspondiente, por lo que el tribunal se abstiene de notificar a las partes (…)”, por cuanto -a su juicio- viola el derecho a la tutela judicial efectiva, así
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la acción de amparo. SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LEÓN ORLANDO CANELÓN RODRÍGUEZ, contra la sentencia interlocutoria dictada el 31 de octubre de 2019 por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. TERCERO: Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) pagaderos a favor de la Tesorería Nacional.
Palabras clave
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