Sentencia N° 752 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de mayo de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 752, Exp. 04-2200, 05/05/2005
Expediente04-2200
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2005-05-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por las empresas demandantes contra el artículo 25 de la Ley Orgánica para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles. La decisión se fundamenta en que la norma impugnada no vulnera los derechos constitucionales alegados, ya que establece requisitos para la obtención de licencias de funcionamiento que buscan regular la actividad económica de los juegos de azar en el país. La Sala reafirma que el referendo consultivo previsto en la norma es un mecanismo de participación ciudadana válido y que no se infringe el derecho a la igualdad ante la ley, dado que las condiciones para la obtención de licencias son aplicables a todos los solicitantes por igual.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el artículo 25 de la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, establece que las instalaciones donde funcionen estos establecimientos deben estar ubicadas en zonas geográficas previamente declaradas turísticas y aptas para su funcionamiento, lo cual es un requisito que busca garantizar el control y regulación de esta actividad económica. La parte recurrente argumenta que esta norma vulnera derechos constitucionales, sin embargo, la Sala concluye que las limitaciones impuestas son razonables y necesarias para el orden público y la protección de los ciudadanos. Además, se establece que el referendo consultivo es un mecanismo de participación ciudadana que no contradice la Constitución, sino que se alinea con los principios de democracia participativa consagrados en el texto constitucional.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado ARNALDO JOSÉ ZAVARCE PÉREZ, en su carácter de apoderado judicial de CORPORACIÓN MARAPLAY, C.A., CORPORACIÓN TRIDIBINGO C.A., e INVERSIONES CONCORDE C.A., contra el artículo 25 de la Ley Orgánica para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, promulgada el 1° de julio de 1997 y publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.254 del 23 de julio de 1997.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadcasinossalas de bingoreferendolibertad económicaparticipación ciudadanaregulación

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